Friday 9 June 2017

Tribunal Constitucional de España anuló la amnistía fiscal

España.- El Tribunal Constitucional (TC) anuló completamente la amnistía fiscal de 2012, la cual fue propuesta por el presidente Mariano Rajoy, documento en el que muchas personas regularizaron el dinero que tenían en el extranjero y en paraísos fiscales.

De este modo lo adoptó por unanimidad el Pleno del TC al estimar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso contra la amnistía fiscal de 2012 impulsada por el ministro Cristóbal Montoro.

Esta anulación del TC no afectará a las regularizaciones tributarias firmes, en aplicación del principio de seguridad jurídica que protege la Constitución, indica el alto tribunal.

El TC criticó duramente al Gobierno de Mariano Rajoy, por aprobar una norma que “supone la abdicación del Estado” en su deber de requerir que todos los ciudadanos sostengan los gastos públicos.

El Constitucional consideró que  la amnistía fiscal (aprobada por el Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo) vulneró la Constitución. En líneas generales, el artículo 86.1 que prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten “de forma relevante o sustancial” a los deberes consagrados en el Título I de la Constitución, como es el caso del “deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos”.

El Real Decreto-ley anulado permitió que los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto de Sociedades (IS) que no declararon todas sus rentas presentaran una declaración para regularizar su situación tributaria.

Este tributo era también ventajoso para estos evasores fiscales, porque sólo se aplicaba un 10%, sin imposición de recargos ni sanciones penales o administrativas (sólo existen las penales cuando el dinero es de procedencia ilícita).

Este decreto contiene una disposición adicional muy criticada por el TC: “no se limita a excluir las consecuencias accesorias de la responsabilidad tributaria, esto es, los intereses de demora devengados por la demora en el cumplimiento de la obligación tributarias, las eventuales sanciones derivadas de los incumplimientos cometidos o, en su caso, los recargos debidos por el cumplimiento voluntario tardío; excluye también, de forma muy importante, la propia responsabilidad tributaria generada y pendiente de cumplimiento”.

Esta última sentencia del TC supone todo un varapalo al Gobierno de Mariano Rajoy, que desde hace cinco años recurre con frecuencia al uso del decreto-ley para aprobar normas. El TC tiene fijado en su jurisprudencia que el uso del decreto-ley tiene un doble límite.



source http://segundoenfoque.com/tribunal-constitucional-de-espana-anulo-la-amnistia-fiscal-47-356284/

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