Venezuela.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) derogó la facultad de la Asamblea Nacional (AN) de pagar a sus trabajadores y en cambio ordenó al presidente Nicolás Maduro cancelar salarios adeudados en la nómina legislativa.
La Sala Constitucional del Poder Judicial consideró procedente un amparo constitucional introducido por un grupo de trabajadores de la AN que denunciaron el incumplimiento del pago de salarios y beneficios laborales. El pago de salarios era una atribución de la directiva del Parlamento.
El TSJ, acusado por la oposición de servir al oficialismo indicó en el texto que “en los últimos meses la AN ha venido generando situaciones de desacato y quebrantamientos al orden constitucional que han incidido en el cabal desarrollo de sus competencias, así como en el resguardo y protección de los derechos fundamentales de los trabajadores de dicho órgano“.
El máximo tribunal del país en otra sentencia declaró “constitucional” una sexta prórroga del decreto de estado de excepción por emergencia económica a través de la cual el presidente Maduro gobierna desde enero de 2016, cuya aprobación dependía de los diputados de la AN.
El decreto otorga al jefe del gobierno venezolano amplios poderes para fiscalizar áreas básicas como la producción y la distribución de alimentos y medicinas, que se encuentran en severa escasez.
Con respecto a restarle a la AN la responsabilidad de cancelar su nómina, el TSJ ordenó al Ejecutivo cancelar oportunamente los salarios a todos los funcionarios legislativos, activos y jubilados.
La directiva del Parlamento denunció en numerosas ocasiones que el gobierno central no había asignado los recursos necesarios para honrar sus compromisos con los trabajadores.
Sentencias. Anteriormente el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la nulidad de las acciones de la Asamblea Nacional por persistir en presunto desacato al Poder Judicial, y por ende el Presidente de la República, Nicolás Maduro, en pleno ejercicio de sus funciones rindió su mensaje anual ante el organismo judicial.
El TSJ consideró que durante la instalación de la AN y la elección de la nueva junta directiva el pasado 5 de enero, el Parlamento violó su propio Reglamento Interior y de Debates razón por la cual todas las actuaciones parlamentarias desplegadas desde ese día también son nulas “todo ello conforme a lo examinado en las sentencias números 2 y 3, publicadas por la Sala Constitucional el pasado 11 de enero de 2017”.
La Sala Constitucional ordenó a los diputados que conformaron la Junta Directiva durante el año 2016, que antes de instalar el segundo periodo de sesiones y elegir válidamente a la Junta Directiva para el año 2017 debían cesar el desacato al Poder Judicial, para que la nueva junta sea legítima y los actos de la Asamblea Nacional sean válidos.
Según el máximo tribunal, la Asamblea Nacional se encuentra en desacato desde el año pasado al juramentar los tres candidatos del estado Amazonas –cuya elección el 6 de diciembre de 2015 fue impugnada por presuntas irregularidades–, pese la decisión del TSJ que dejó sin efecto su elección hasta tanto culminaran las investigaciones. Mientras que la directiva de la AN alega que ya los diputados fueron desincorporados y estarían a la espera de que el Consejo Nacional Electoral organice una nueva elección en ese estado.
source http://segundoenfoque.com/tsj-derogo-la-facultad-de-la-asamblea-nacional-de-pagar-a-sus-trabajadores-57-316177/
No comments:
Post a Comment