Saturday 29 July 2017

¿Cómo usarán las tarjetas corporativas en Uruguay?

Uruguay.- De manera reciente la la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (Ancap) de la República del Uruguay fijó los estatutos para el uso de las tarjetas corporativas en la nación, que se les entregará  a los funcionarios públicos al asumir su cargo.

De este modo, los gastos se catalogarán dentro del concepto  “de cortesía institucional” y los egresos que sobresalgan lo establecido legalmente o “que por motivos de necesidad inadvertidos deban ser cubiertos” se percibirán como gastos necesarios, posterior a una valoración.

Además, se tomarán en consideración el computo de los viáticos  por concepto de “gastos de alimentación y hospedaje” que reclamarán los viajes operacionales al interior del territorio

Con esta normativa se pretende evitar situaciones de malversación de fondos, como la ocurrida con el vicepresidente charrúa Raúl Sendic cuando presidía el directorio. 

Según el documento legal, al cual tuvo acceso el diario El Observador, cuando la Secretaría General de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland efectúe el “presupuesto operacional anualizado para el Control de Precios adecuado al directorio” pronosticará en el rubro que ataña, “el monto establecido con destino a cubrir los gastos periódicos que se consuman por tarjetas corporativas”.

Durante su primera asamblea, el directorio recibirá el planteamiento de la Secretaría General en relación a la asignación de las tarjetas, en el que sí o sí debe encontrarse indicado “el rubro y la disponibilidad” de presupuesto.

El procedimiento resulta similar al empleado anteriormente pero es más minucioso y puntualizado. El documento anterior a la última modernización no detallaba que se debían detallar rubros.

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Según reseñó el portal  El Observador de Uruguay, un elemento que igualmente modificó en este nuevo manual es cómo se precisan los montos a gastar. Hasta mediados del presente año, se encontraba determinado que el monto fuera precisado cada cinco años “en el mes de diciembre de la última etapa de gobierno”.

“El directorio toma disposición y precisa dicho monto (para el período sucesivo) sin detrimento de cambiarlo en el transcurso del mandato si así piensa conveniente”, indicaba la normativa anterior.

El nuevo documento muestra que “el directorio precisará los montos mensuales adecuadas para las tarjetas corporativas y añade que debe puntualizar un “tope anual individual” para cada una y notificar a la Secretaría General.



source http://segundoenfoque.com/como-usaran-las-tarjetas-corporativas-en-uruguay-45-369145/

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